Revista Rua


"La mayoría del público no es empleado público": asueto de carnaval en Bs As y medios
"The majority of the public is not a civil servant": carnival leisure in Bs As and media

Patricia Bouzas

sentido común (Zoppi Fontana, 1998).
Ahora bien, el carnaval como festejo en la calle y como apropiación del espacio ciudadano nos muestra que lo urbano se revela en otros lugares que no son lo jurídico o lo técnico exclusivamente, o que, al menos, la fiesta carga sobre sus espaldas la marca de situarse, para los medios en particular, con cierta dificultad en la amalgama de los discursos dominantes. Dificultad que da cuenta también de la incapacidadde los medios[4] para salirse de las matrices de significación impuestas por la dominancia de ciertos discursos urbanos que, de más está decir, son reproducidos por esos mismos medios. Así, el carnaval porteño, al no estar localizado en un espacio determinado sino irradiado en más de 40 corsos a lo largo de toda la ciudad, con una tradición tan evidente como flagrante, escapa a la representación dominante de lo que para los medios es representable en lo urbano. A esto hay que sumarle la bravuconada de que una práctica tan vaporosa como la de las murgas adquiera un estatuto legal en el tiempo de la ciudad, en su calendario, frente a rojos y negros tan bien balizados a los que el carnaval suma, en su estado actual, la posibilidad (¿la provocación?) de los colores intermedios.
 
EL CARNAVAL PORTEÑO Y LAS LEYES
 
Quizá por las características antes mencionadas (fundamentalmente la apropiación del espacio público y la gratuidad del acceso), el carnaval porteño ha sido sistemáticamente objeto de reglamentación en distintos periodos políticos. Tal cuerpo legal focaliza en el festejo y, por ello mismo, en el espacio urbano sobre el que se proyecta y con el que establece de manera permanente relaciones de lectura, de apropiación y de intercambio imaginario. Las reglamentaciones[5] han buscado controlarlo a partir de atender cuestiones del orden de: 
 
·         lo convivencial entre vecinos (reglamentaciones sobre uso de papel picado, tipos de disfraces permitidos, etc.. Por ejemplo, el decreto del 4/6/1936 BM 4402/03 y el del 11/2/1938, BM 5018/19 y también la


[4] Desde luego, la incapacidad de los medios es una figura suavizada para dar cuenta de sus inscripciones ideológicas
[5] En esta escueta descripción hemos tomado solo reglamentaciones del siglo XX, aunque hay materiales de esta clase desde la última parte del siglo XVIII (Puccia, 2000).